PAU
¿Qué es un Plan de Emergencia?Es un procedimiento para afrontar situaciones de riesgo y emergencia de acuerdo con lo exigido en el Artículo 20 de la Ley 31/1995 Prevención de Riesgos Laborales. En dicha ley se expone que el empresario deberá garantizar la seguridad y salud de los trabajadores a su servicio actuando en caso de emergencia y de riesgo inminente.
Todas las empresas que dispongan de trabajadores por cuenta ajena tienen la obligación de analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas para hacerle frente, principalmente en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. Estas medidas quedan recogidas dentro de Plan de Emergencia.
¿Qué es el Plan de Autoprotección?El plan de autoprotección (PAU) es un procedimiento para afrontar situaciones de riesgo y emergencia que se regula por la norma Básica de Autoprotección, RD 393/2007 o, en caso de existir, la normativa a nivel autonómico o local aplicable. El objetivo del Plan de Autoprotección es identificar, analizar y evaluar las posibles situaciones de emergencia que se pueden producir en el centro y llevar a cabo la ordenación de los medios humanos y técnicos necesarios para minimizar dichas situaciones, definiendo las secuencias de actuación a desarrollar en caso de que se alguna de estas situaciones se produzca.
¿Qué actividades están obligadas a elaborar Planes de Autoprotección?Las actividades para los Planes de Autoprotección están recogidas en el anexo II del RD 393/2007 Normativa Nacional. Se ha de tener en cuenta la normativa autonómica aplicable en el caso de Cataluña el D 80/2010, en País Vasco D. 277/2010, Cantabria D. 51/2009, y otras comunidades.
Revisión del Plan de AutoprotecciónAcorde al 393/2007 se debe revisar y actualizar el plan de autoprotección cada 3 años. En Cataluña al menos cada 4 años.
En OMX2 disponemos de técnicos competentes para el desarrollo e implantación de Planes de Autoprotección en dependencias e instalaciones donde se desarrollan actividades que puedan generar emergencias. Realizamos el plan de Autoprotección / Planes de Emergencia utilizando una sistemática propia acorde a los procedimientos internos de su organización, teniéndose en cuenta los riesgos en los lugares de trabajo o que se pudieran presentar debidos a la actividad desarrollada.
Todas las empresas que dispongan de trabajadores por cuenta ajena tienen la obligación de analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas para hacerle frente, principalmente en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. Estas medidas quedan recogidas dentro de Plan de Emergencia.
¿Qué es el Plan de Autoprotección?El plan de autoprotección (PAU) es un procedimiento para afrontar situaciones de riesgo y emergencia que se regula por la norma Básica de Autoprotección, RD 393/2007 o, en caso de existir, la normativa a nivel autonómico o local aplicable. El objetivo del Plan de Autoprotección es identificar, analizar y evaluar las posibles situaciones de emergencia que se pueden producir en el centro y llevar a cabo la ordenación de los medios humanos y técnicos necesarios para minimizar dichas situaciones, definiendo las secuencias de actuación a desarrollar en caso de que se alguna de estas situaciones se produzca.
¿Qué actividades están obligadas a elaborar Planes de Autoprotección?Las actividades para los Planes de Autoprotección están recogidas en el anexo II del RD 393/2007 Normativa Nacional. Se ha de tener en cuenta la normativa autonómica aplicable en el caso de Cataluña el D 80/2010, en País Vasco D. 277/2010, Cantabria D. 51/2009, y otras comunidades.
Revisión del Plan de AutoprotecciónAcorde al 393/2007 se debe revisar y actualizar el plan de autoprotección cada 3 años. En Cataluña al menos cada 4 años.
En OMX2 disponemos de técnicos competentes para el desarrollo e implantación de Planes de Autoprotección en dependencias e instalaciones donde se desarrollan actividades que puedan generar emergencias. Realizamos el plan de Autoprotección / Planes de Emergencia utilizando una sistemática propia acorde a los procedimientos internos de su organización, teniéndose en cuenta los riesgos en los lugares de trabajo o que se pudieran presentar debidos a la actividad desarrollada.